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Quiénes somos

Punto de Amparo es un estudio jurídico especializado en Derecho a la Salud y Discapacidad.

Acompañamos a personas y familias frente a la negativa de obras sociales o prepagas a cubrir medicamentos, tratamientos y prestaciones esenciales, ofreciendo una atención cercana y comprometida para garantizar que cada historia sea escuchada y cada derecho respetado.

Novedades / Boletín

Receta electrónica obligatoria: ¿Qué cambia y cómo te afecta?

Desde Julio de 2025, todas las indicaciones médicas deben emitirse en formato electrónico, según lo establece la Resolución 2214/2025 del Ministerio de Salud.

Esto incluye:

• Medicamentos (comunes y de alto costo)
• Estudios diagnósticos
• Terapias de rehabilitación (fonoaudiología, psicología, kinesiología, etc.)
• Acompañante terapéutico
• Solicitud de elementos ortopédicos o dispositivos
• Internaciones domiciliarias o geriátricas

¿Qué implica esta medida?

• Las recetas en papel ya no son válidas, salvo excepciones por problemas de conectividad.
• Deben emitirse desde plataformas electrónicas autorizadas por el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS).
• Cada receta lleva una clave única (CUIR) y queda registrada con el CUIL del paciente.
• Los médicos, obras sociales y farmacias deben adecuarse al nuevo sistema.

Veto presidencial a la Ley de Emergencia en Discapacidad

El Poder Ejecutivo vetó la Ley de Emergencia en Discapacidad, que había sido aprobada por el Congreso. Esta norma buscaba declarar la emergencia en materia de discapacidad y establecer medidas urgentes para garantizar derechos básicos a personas con discapacidad y sus familias.

¿Qué significa el veto?

El veto implica que la ley no entra en vigencia. Es una facultad constitucional del Presidente

¿Se puede revertir?

Sí. El Congreso tiene la posibilidad de insistir con la sanción de la ley, pero para eso necesita alcanzar una mayoría especial: dos tercios de los votos en cada Cámara.
Si se logra esa mayoría, la ley queda promulgada de hecho y el veto presidencial queda sin efecto.

Certificado Único de Discapacidad (CUD) sin vencimiento

Actualización: Se reglamentó la Ley 27.711, estableciendo que el CUD ya no caduca.
Accesibilidad: Ahora se emite en formato digital y físico accesible, y se tramita en todas las jurisdicciones a través de la app Mi Argentina.
Beneficio: Esta medida facilita el acceso a derechos y prestaciones que brinda el Estado, sin necesidad de renovaciones periódicas.

Pero….:
Aunque el CUD se emita sin vencimiento, es necesario solicitar su actualización en los siguientes casos:

Cambio significativo en el perfil de funcionamiento: Si hay modificaciones sustanciales en la condición de la persona que afectan su participación en la sociedad en igualdad de condiciones.
Requerimiento de equipamiento permanente: Si la persona comienza a necesitar dispositivos o equipamiento para preservar funciones vitales.
Reevaluación periódica: Aunque no se establezca un vencimiento, la ANDIS puede determinar la necesidad de una reevaluación en función de criterios médicos y sociales.

¿Cómo solicitar la actualización?

Para solicitar la actualización del CUD, se debe:

Reunir documentación médica actualizada que respalde el cambio en el perfil de funcionamiento o la necesidad de equipamiento permanente.
Solicitar un turno en la Junta Evaluadora correspondiente a tu domicilio.
Presentarse en la Junta Evaluadora con la documentación requerida para la evaluación.

Es importante destacar que, aunque el CUD no tenga vencimiento, la actualización es necesaria para garantizar que la información refleje con precisión las condiciones actuales de la persona.

Contacto

WhatsApp: 11 2664-5209
Correo electrónico: puntodeamparo@gmail.com
Atención: Lunes a Viernes de 9:30 a 17:30 hs.